El programa 'TU+1' del Gobierno destina 14,5 millones de euros a hacer crecer negocios de trabajadores autónomos (con la contratación de 842 personas desempleadas)

El Departamento de Empresa y Trabajo ha concedido las ayudas del programa "TU+1", convocado en septiembre y que subvenciona la contratación indefinida de una persona trabajadora por parte de personas trabajadoras autónomas sin ningún asalariado a su cargo. El programa permite la contratación de hasta tres personas desempleadas inscritas en el Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC) como demandantes de empleo no ocupadas.

El importe concedido finalmente es de 14.499.740 euros y se beneficiarán 692 personas trabajadoras autónomas que, en total, contratarán a 842 personas que actualmente se encuentran en situación de desempleo. Por lo tanto, esta segunda edición del "TU+1" beneficiará en total a 1.534 personas.

El importe concedido el año pasado fue de 7.154.439 euros y se beneficiaron un total de 819 personas (377 personas trabajadoras autónomas y 442 personas desempleadas que fueron contratadas). Por lo tanto, el importe concedido este año es más del doble que en 2022 y el número de personas beneficiarias ha aumentado en un 87,3%.

El objetivo del programa "TU+1" es doble: por un lado, apoyar el crecimiento de negocios y proyectos profesionales más pequeños, aquellos de personas trabajadoras autónomas que tienen suficiente actividad pero no se atreven a dar el paso de contratar a alguien; y por otro lado, fomentar la contratación indefinida de personas en situación de desempleo.

El importe de la ayuda es de 19.745 euros para financiar la contratación de una persona trabajadora en situación de desempleo. El contrato de trabajo debe ser indefinido y para una jornada igual o superior al 50% (el importe de la ayuda es proporcional a la jornada), y la duración mínima de permanencia del contrato para percibir la ayuda deberá ser de 18 meses. El contrato se debe realizar, como máximo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la concesión.

Podían solicitar la ayuda "TU+1" tanto las personas trabajadoras autónomas como las sociedades limitadas unipersonales que no tuvieran personas contratadas a su cargo en el momento de presentar la solicitud ni durante los seis meses anteriores, además de llevar un mínimo de un año ininterrumpido dadas de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (en el caso de las personas físicas) o inscritas en el Registro Mercantil (en caso de las sociedades unipersonales).

Además, todas las personas contratadas mediante esta subvención deberán participar, dentro del período subvencionable (18 meses), en al menos uno de los cursos de formación subvencionada que se ofrecen en el catálogo formativo del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña, ya sea en formato en línea o presencial.

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