Declarando, el software de asesoramiento fiscal para los autónomos, ha elaborado una guía para orientar a los trabajadores extranjeros que fijen su residencia fiscal en España en la aplicación de la conocida como Ley Beckham, el régimen especial de tributación que es favorable a este colectivo.
“El régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español, conocido popularmente como Ley Beckham, proporciona una tributación más favorable para aquellos individuos que cuentan con ingresos significativos y trasladan su residencia fiscal a España”, explica Marta Zaragozá, CEO de Declarando, que añade que es necesario evaluar cuidadosamente las ventajas y desventajas de este régimen en cada caso, considerando la situación específica de cada contribuyente.
Requisitos
Aquellos trabajadores que se desplacen a España para realizar una actividad económica y quieran acogerse a la Ley Beckham, deberán cumplir una serie de requisitos para hacerlo. El principale es no haber sido residente en España durante los 5 años anteriores al desplazamiento. No obstante, todos los autónomos que quieran solicitar los beneficios fiscales de este régimen también deberán cumplir, al menos, una de estas tres premisas:
● Haber adquirido la condición de administradores de una entidad.
● Comenzar la realización de una actividad emprendedora en nuestro país.
● Ejercer una actividad económica por profesionales altamente cualificados.
Además, tienen derecho a acogerse a esta ley los trabajadores extranjeros que se acaban de trasladar a España; los expatriados con rentas altas que ocupen cargos directivos o de gestión y los administradores que vienen a trabajar en una empresa.
Beneficios fiscales de la Ley Beckham
Aquellos contribuyentes que cumplan los requisitos y se acojan al régimen especial ofrecido por la Ley Beckham, podrán obtener beneficios fiscales durante el período impositivo en que se efectúe el cambio de residencia y durante los cinco siguientes. Estos beneficios se derivan de tributar en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), cuyas tarifa son más favorables para las rentas altas.
Además, desde el pasado año (2023), los familiares cuyo desplazamiento haya sido simultáneo o posterior al del principal contribuyente y que no hayan sido residentes en España en los 5 períodos impositivos anteriores, también podrán acogerse a este régimen, siempre y cuando la suma de las bases liquidables en cada uno de los períodos impositivos en los que les resulte de aplicación este régimen especial sea inferior a la base liquidable del contribuyente al que acompañan.
Solicitud y documentación
Para poder beneficiarse de este régimen es necesario informar a la Agencia Tributaria a través de la presentación del modelo 149 en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de inicio de la actividad o desde la entrada en territorio español.
Nómadas Digitales
Desde el año 2023, la normativa del Régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español se ha hecho extensible a los nómadas digitales, es decir, aquellos trabajadores que operan de manera remota desde cualquier lugar del mundo. De esta forma, con el auge del teletrabajo en los últimos tiempos, los autónomos nómadas digitales encuentran en el Régimen Beckham una herramienta fiscal atractiva para trasladar su residencia a España.
El único requisito que deben cumplir este tipo de trabajadores para acogerse a este régimen fiscal es el de realizar actividades de Teletrabajo Internacional, que deberán demostrarlo a través de un Visado para Teletrabajo.
“La Ley Beckham supone un incentivo para aquellos trabajadores por cuenta propia y ajena que viven teletrabajando desde cualquier parte del mundo, puesto que les mantener su estilo de vida nómada mientras disfrutan de un tratamiento fiscal favorable en nuestro país”, concluye Marta Zaragozá.
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