Independientemente de comprar o contratar un servicio como empresa o autónomo, o ser los que ejercen ese rol, el IVA es un elemento indispensable en la factura. No en vano, cada artículo y servicio ofrecido tiene su propio porcentaje entre los tres tramos vigentes en nuestro país: IVA superreducido (4%), IVA reducido (10%) o Tipo de IVA General (21%). Al igual que ocurre con el IRPF, se trata de un tributo de obligado devengo; pero a diferencia del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas, puede tener una presentación de carácter anual (a través del modelo 390) o mensual (mediante el modelo 303).
¿Qué tipos de IVA existen en España?
Actualmente hay dos variantes: el IVA repercutido (el que consta en las facturas emitidas) y el soportarlo (aquel que se desgrana de las facturas recibidas). Ambas vertientes están supeditadas a los tres tramos vigentes del tributo.
¿Cómo se dispone el IVA en una factura?
Tanto si es IVA repercutido como soportado, la mecánica sobre su aplicación es la misma. Para ello suponemos que desde Infonegocios Barcelona llevamos a cabo una consultoría de comunicación por 100 euros: · Base imponible: 100€ · IVA (+21%): +21€ · IRPF (-15%): -15€ · Total a cobrar: 106€
¿Cómo se calcula el IVA trimestral?
Es tan sencillo como restar el IVA repercutido al soportado. Si el cálculo es positivo, se trata de la cantidad a pagar en su presentación trimestral. En el caso de que el monto sea negativo, también es obligatorio presentarlo. Y si prefieres optar por un poco de ayuda de cara a estimarlo, aquí tienes una calculadora para ello.
Cómo se calcula el IVA trimestral soportado
En primer lugar se deben recopilar aquellas facturas de proveedores para calcular la base imponible (es decir, el importe total, que se corresponde con lo que se ha pagado descontando el IVA), el porcentaje de IVA aplicado –en función del producto o servicio- y la cuota de IVA abonada.
Cómo se calcula el IVA trimestral repercutido
El procedimiento es exactamente igual que antes, solo que no puedes contabilizar el IVA de las facturas impagadas.
Cómo se calcula el IVA trimestral deducible
No todas las facturas permiten deducirse el IVA soportado. Para saber los casos en los que no es posible beneficiarse fiscalmente de ello hay que acudir al artículo 96 de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido: · Joyas y demás piedras y metales preciosos. · Alimentos, bebidas o tabaco. · Servicios de carácter recreativo. · Bienes o servicios de carácter B2C. · Desplazamiento o viajes que no sean fiscalmente deducible (en IRPF o Impuesto de Sociedades).
Calendario Fiscal en el que es obligatorio presentar el IVA trimestral
· Primer trimestre: Del 1 al 20 de abril. · Segundo trimestre: Del 1 al 20 de julio. · Tercer trimestre: Del 1 al 20 de octubre. · Cuarto trimestre: Del 1 al 30 de enero.
Cómo rellenar el modelo 303
Actualmente es posible para los autónomos presentar la autoliquidación del IVA trimestral a través del modelo 303 que pone a nuestra disposición de manera online la Agencia Tributaria (AEAT). En el caso de que una declaración sin actividad, solo es necesario rellenar los datos y marcar la casilla 48 en la sección 5. Para el resto de supuestos, hay que seguir los siguientes pasos:
Sección 1: Identificación
Debes disponer los datos profesionales.
Sección 2: Devengo
Según el trimestre del año.
Sección 3: Liquidación
Se debe ingresar tanto el IVA repercutido (epígrafes del 1 al 26) y el IVA deducible (epígrafes del 28 al 44).
Sección 4: Compensación
Solamente es relevante cuando el resultado del IVA trimestral es negativo.
Sección 6: Devolución
Está dedicada a la realización de la solicitud de devolución en los casos en que el resultado del IVA trimestral sea negativo.
Sección 7: Ingreso
Datos de la cuenta bancaria.
Sección 8: Complementaria
Solamente se debe rellenar en el caso de que sea preciso realizar una declaración en el trimestre para corregir el IVA presentado.