¿Se pueden reclamar daños morales a las aerolíneas por un retraso o cancelación? Reclamio.com nos da luz

Los pasajeros afectados también pueden exigir una indemnización por los daños de tipo no material, excepto si se han producido por causa de fuerza mayor.

Ante una temporada de verano 2024 con un gran volumen de pasajeros, las probabilidades de sufrir una incidencia con el vuelo al comenzar o regresar de las vacaciones se incrementan, tal y como señala Reclamio.com, compañía especializada en gestión de reclamaciones de los pasajeros aéreos.

En estas situaciones, Reclamio.com señala que, dependiendo de las circunstancias de cada caso, el pasajero puede tener derecho a reclamar una indemnización adicional por los daños morales que le ha ocasionado la aerolínea. Para ello, el daño moral se debe haber producido por una causa imputable a la aerolínea, es decir, que no se trate de una causa de fuerza mayor.

Los daños morales son un perjuicio intangible que ha sufrido el viajero debido al retraso o cancelación de su vuelo o al daño, retraso o pérdida de su equipaje que afectan al ánimo y dignidad de la persona y que no puede repararse sólo económicamente. El retraso debe afectar a la esfera psíquica del pasajero de forma notoria, más allá de la mera molestia, enfado o incomodidad. “Dado que se trata de un concepto muy abstracto, la dificultad para recibir una indemnización está en probar que se ha producido un daño importante de tipo moral y cuantificarlo”, señala Noemí Fernández, gerente de Reclamio.com.

Los daños morales se encuentran recogidos en el Reglamento Europeo (CE) n.º 261/2004. En el caso de ser aplicable la legislación del Convenio de Montreal (1999), para poder demostrar que se han sufrido daños morales, el pasajero debe tener el apoyo de facturas para acreditar de forma documental que efectivamente se ha producido dicho daño moral.

“Un ejemplo claro de daño moral sería en el caso de pérdida del equipaje, ya que tanto a la ida como a la vuelta el daño es mayor que la simple pérdida de los objetos. Si es al inicio del viaje, el pasajero no tendrá su ropa, su neceser, sus enseres personales con los que contaba para el viaje, objetos personales o con significado sentimental… y, a la vuelta, puede haber perdido todos los recuerdos que compró y que tenían un valor más allá de su coste económico. Otro caso, por ejemplo, sería una incidencia producida durante un viaje de novios que impidiera o retrasase de forma importante la realización de dicho viaje”, explica Fernández.

El pasajero dispone de hasta 5 años para intentar reclamar cualquier incidencia él mismo ante la aerolínea o para tramitar la incidencia a través de Reclamio.com, empresa especializada en gestionar las reclamaciones de los pasajeros aéreos.

La indemnización por daños morales es independiente del derecho a recibir una compensación por la cancelación, retraso, overbooking o por el daño, retraso o pérdida del equipaje.  

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