Hayas heredado una vivienda, vendido un inmueble o comprado el hogar de tus sueños tras la pandemia, desde Casavo te explican cómo hacer frente a las archiconocidas deducciones con el objetivo de reducir el impacto de estas operaciones en tu bolsillo.
¿Cómo calcular cuánto debo pagar por la venta de mi vivienda?
Si en 2021 llevaste a cabo la venta de tu vivienda, deberás declarar la operación. Para saber el porcentaje de IRPF que te tocará abonar, debes calcular el incremento patrimonial logrado con la compraventa; es decir, la diferencia entre la ganancia neta (precio de venta, descontados los gastos derivados de la operación), y el valor de adquisición (la inversión realizada en el inmueble contando reformas y amortizaciones, entre otros). Con ello, el pago dependerá de la ganancia real de la operación:
- Hasta 6.000 de ganancia: 19%
- Entre 6.000 y 50.000 euros: 21%
- Entre 50.000 y 200.000 euros: 23%
- Más de 200.000 euros: 26%
Recuerda que cuando el propietario es mayor de 65 años y es su primera vivienda o cuando existe dación en pago derivada de no poder hacer frente a la hipoteca, quedarás exento de pago del IRPF. ¿Debes pasar por caja? ¡No desesperes! La Nueva Ley de Vivienda contempla deducciones de hasta el 60% para los propietarios que hayan reformado su vivienda habitual durante el ejercicio anterior al pago del impuesto:
- ¿Has mejorado los consumos de calefacción y aire acondicionado? Si esta reducción del consumo es igual o superior al 7% podrás aplicar deducciones del 20%.
- En caso de haber disminuido en un porcentaje igual o superior al 30% el consumo de energías no renovables, podrás deducir un 40% presentando el Certificado de Eficiencia Energética.
- ¡Ser sostenible es rentable! ¿Has mejorado la eficiencia energética de tu edificio? Si es así, tendrás derecho a una deducción del 60%.
¿Has comprado una vivienda? ¡Sácale el máximo partido!
A pesar de que no es evidente, los propietarios de viviendas que aún estén pagando cuotas de la hipoteca pueden deducirse las cuotas de su crédito hipotecario en la declaración de la renta. Así, la deducción por la compra de vivienda asciende a un 15% de lo que hayas pagado en el anterior año, sobre un máximo de 9.040€. ¡Tenemos buenas noticias! Podrás sumar el IVA, los gastos de notaría, la escritura de la vivienda, tasación y seguro del hogar a esta cuantía, siempre que este último se haya realizado en la misma entidad bancaria.
¿Vas a iniciar un nuevo proyecto de vida adquiriendo un inmueble con las ganancias de una venta? Recuerda que, en caso de haber vendido tu vivienda habitual quedarás exento de abonar el IRPF relativo a la compraventa. ¿Vives en la Comunidad de Madrid y tienes menos de 30 años? ¡Estás de suerte! El Gobierno regional ha impulsado un paquete de medidas que tiene como principal objetivo facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes, para lo que promueve incentivos fiscales en el colectivo.
¿Aún no los conoces? Entre las principales medidas, la Comunidad de Madrid ha puesto en marcha una bonificación por el pago de intereses de préstamos. Esto significa que, si cumples los requisitos, podrás reducir el 25% de los intereses de la hipoteca para adquirir un inmueble (hasta un máximo de 1.000 euros anuales) de la cuota íntegra del IRPF. Esto quiere decir que los contribuyentes se podrán deducir el 10% del precio total de la adquisición, prorrateado en 10 años con un límite anual de 70 euros.